Llega a pasar que cuando las personas se casan, necesitan dinero para apoyarse en esta nueva aventura, por lo que es impotante conocer que las AFORES apoyan a las personas que se casan con una Ayuda Retiro gastos matrimonio afore, misma que se tiene derecho como trabajador asegurado dentro del Régimen Obligatorio del Seguro Social, no importando si es una dama o un caballero el que esta asegurado, es la que se conoce como ayuda o dote matrimonial, que consiste en retirar de la cuenta de cuota social, de las afores de los trabajadores, por una sola vez, en la vida, una cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo general que rija en la CDMX* o de la UMA desde 2016 en el año que se contraiga matrimonio civil (Si fuera el matrimonio en 2015, por dar un año serían $70.10 x 30= $2,103.00) , siempre y cuando tenga reconocidas, al momento de la celebración de la boda por el civil, un mínimo de 150 semanas de cotización en el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV). Esta ayuda también la puede obtener aquellas personas que son viudos o divorciados, pero se tiene que comprobar fehacientemente esta situación, ya sea con el acta de defunción o acta de divorcio de la persona que tenía registrada como cónyuge en el Instituto, según como dice el Art. 165 Ley del Seguro Social.

 



Lo más complicado de este trámite es sin duda, tener todos los documentos y requisitos señalados por la propio CONSAR que se acompaña en la siguiente liga:

Ayuda para Gastos de Matrimonio IMSS

 



De las ventajas que tiene la obtención de este dinero, se da en el origen del recurso, ya que proviene de la cuenta Cuota Social, que es adicional a lo que los trabajadores pueden ahorrar dentro de la Subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV), donde se destina las aportaciones bimestrales que hacen sus patrones obligatoriamente, y esta cuenta, Cuota social, se financia por aportaciones Gubernamentales, que cuando se llegue a retirar la persona, ya sea porque se pensiona, son depositados en la empresa aseguradora o afianzadora, que escoja el trabajador, cuando se pensione bajo el régimen de la ley el seguro social vigente, o bien, si opta por el régimen de la ley del seguro social vigente hasta Julio 1997, el importe de esta Cuota Social, se devuelve al Gobierno Federal para financiar a estos pensionados, así como lo expresa el Articulo Décimo Tercero Transitorio de la Ley del Seguro Social, que entró en vigor el 01 de Julio de 1997.

Al ser un recurso “extra” de la Afore, que ya no se descuenta semanas de cotización, es un opción para obtener un poco de liquidez de aquellos trabajadores que tengan alguna necesidad, siempre y cuando estén dispuestos a soportar el burocrático proceso de trámite. Por lo que no afecta en absoluto los recursos que se puedan generar para cualquier tipo de pensión que otorga el IMSS.
Se recomienda para este trámite:

  1. Tener copias certificadas de las Actas, lo más reciente posible, ya que si se tiene más de 6 meses, las copias o estan algo maltratadas, el personal del IMSS las rechaza fácilmente.
  2. Tener presente en qué Afore, se encuentra cotizando el trabajador, si no se tiene idea de donde esta se puede llamar al SAR-TEL 01 800 50-00-747, con el Número de Seguro Social a la mano, pueden obtener el dato de su Afore, para que acudan a ella para el trámite de sus Estados de Cuenta
  3. No se dejen engañar por los gestores, que están afuera de todas las unidades del IMSS, ni tampoco se dejen amenazar, o insultar por el personal administrativo de las ventanillas del IMSS.

 

Ayuda Retiro gastos matrimonio afore, SIN COSTO PARA LOS TRABAJADORES

No sobra decir que gracias al DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.  publicado el 29 de mayo del 2009, el retirar de la cuota social esta Ayuda Retiro gastos matrimonio afore, no se verá afectado respecto a sus semanas cotizadas de acuerdo a lo siguiente:

TRANSITORIOS

SEXTO.- A todos los trabajadores que hubieren recibido la ayuda para gastos de matrimonio prevista en el artículo 165 de la Ley del Seguro Social desde la entrada en vigor de dicha Ley, les deberán ser reintegradas las semanas de cotización que por ese concepto les hubieran sido disminuidas.

Por lo que, todas aquellas personas trabajadoras que obtengan desde el 29 de mayo de 2009, en adelante NO LE SERÁN DESCONTADAS SEMANAS DE COTIZACIÓN ALGUNA.

Nota actualizada: La cantidad de préstamo o ayuda por gastos de matrimonio debe otorgarse con base al decreto publicado el 27 de enero de 2016, con el valor de la Unidad de Medida y Actualización