Zonas Económicas Especiales
Derivado de la declaratoria de las Zonas económicas especiales (ZEE), es preciso señalar los beneficios en términos de cuotas de seguridad social, recordando primeramente que todos los patrones que estén sujetos de este beneficio, deberán pagar, sin beneficio o descuento alguno las cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como las cuotas y amortizaciones de descuentos de créditos Infonavit, toda vez, que los beneficios, hasta el momento, no son aplicables a las cuotas que se pagan de forma bimestral, con fundamento en el artículo sexto transitorio del decreto publicado el 6 de enero de 1997 de la Ley del Infonavit.
Zona económica especial Coatzacoalcos
El beneficio que resulta aplicable a los contribuyentes que ubiquen sus registros patronales, dentro del polígono de cada una de las ZEE, será el de un crédito fiscal contra el pago del ISR, consistente únicamente en el 50% del total anual, de la aportación patronal, del seguro de Enfermedades y Maternidad (Art 106 LSS), esto es, no aplica al 100% de las cuotas mensuales, sino exclusivamente a solo una rama que está a cargo de los patrones, dicho porcentaje se podrá ejercer, por los primeros 10 ejercicios fiscales, y posteriormente a partir del onceavo año solo será aplicable un equivalente de un 25% llegando hasta un total de 15 años de aplicación.
Zona económica especial Lázaro Cárdenas
Resulta de vital importancia, mencionar que estos registros patronales, se sujetarán a lo contenido en el Artículo 13, del reglamento de la ley del seguro social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización(RACERF), cuando construyan o bien tengan una actividad empresarial aparte, así como al Artículo 154, en diferentes fracciones, dependiendo de la ubicación geográfica debidamente señalado en los polígonos de las ZEE, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social (RIMSS), esto respecto al registro en la subdelegación que le corresponda a su circunscripción.
Zona económica especial Salina Cruz
Este beneficio es aplicable desde el 30 de septiembre de 2017, para el caso de las primeras tres zonas económicas declaradas, con base en la publicación del DOF, del día 29 de septiembre.
Como ya se mencionó, las cuotas que se descuentan de la nómina de los trabajadores, que aparece en los Comprobantes Fiscales por Internet, en cada periodo de nómina, NO SERÁN CONSIDERADAS, para el crédito fiscal.
Los contribuyentes que tengan registros patronales, señalados, podrán realizar la solicitud de aplicación de este crédito fiscal, solicitando la devolución del ISR, si:
- Se paga en tiempo y en forma, la totalidad de las cuotas obrero patronales mensuales y/o bimestrales (SUA, SIPARE)
- No presentan ningún atraso o bien algún motivo que deba ser manifestado en la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguro social (artículo 32-D CFF)
- Mantener cuando menos un trabajador en los respectivos registros patronales de los polígonos de las ZEE.
- Llevar un control pormenorizado año con año del total de trabajadores, como el que se realiza para el cálculo de la determinación anual de la prima del seguro de riesgos de trabajo, esto es, que se obtenga el promedio de trabajadores, que estuvieron cotizando en el ejercicio fiscal, y hacer la comparación año con año, no pudiendo tener un decremento, sino solo incrementos iguales o mayores a cero. Si esto no resulta así perderá el beneficio.
Los beneficios fiscales por cuotas patronales, si se llega a perder, son irrevocables, no pudiendo volver a solicitar el mismo.
Zona económica especial Puerto Chiapas
Es importante tomar en cuenta, que, dentro de los diversos decretos de beneficios fiscales, publicadas en el DOF, se señala que es el Servicio de Administración Tributaria quien tendrá facultades para estar revisando estos puntos, hasta que el Instituto Mexicano del Seguro Social, emita reglas o bien se modifique estas facultades.
Para el caso de los patrones que realicen la construcción de la diversa infraestructura dentro de las Zonas económicas especiales, deberán obtener el permiso especial, de la propia Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, así como llevar todos sus registros respectivos así como la administración de las obras, utilizando el Sistema Integral de registro de obras de construcción, que el IMSS implementó para su cumplimiento obligatorio desde el 01 de septiembre de 2017, donde se contempla una fiscalización especial en temas de construcción.