Primacía de la Realidad Verdad Material en juicios laborales

Primacía de la Realidad: Verdad Material

En el derecho laboral mexicano, el principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material se ha consolidado como un pilar fundamental para la protección de los derechos de los trabajadores. Este principio establece que, ante discrepancias entre documentos formales y la realidad de una relación laboral, prevalece la verdad material sobre las apariencias formales. Este concepto, desarrollado por juristas como Américo Plá Rodríguez, cobra especial relevancia en casos donde los derechos laborales pueden verse vulnerados por artificios legales. La sentencia de amparo directo DT. 671/2023, emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, proporciona un ejemplo significativo de la aplicación y los límites de este principio en el contexto laboral mexicano.

Fundamentación del Principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material

El principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material, que se desprende del Artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), busca garantizar que la verdad material de una relación laboral prevalezca sobre cualquier formalismo que distorsione su naturaleza genuina. Este principio se aplica especialmente cuando el trabajador, por su posición de subordinación, podría ser forzado a aceptar condiciones contractuales que no reflejan la verdadera relación laboral.

Tesis aislada que dictó principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material.

El pasado viernes 16 de agosto de 2024, se publicó en el Semanario Judicial de la federación, una muy interesante tesis aislada que derivó de la sentencia de amparo directo DT. 671/2023, en donde el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito negó el amparo a una persona quejosa que había impugnado un laudo del tribunal laboral federal, se comparte la tesis integra:

PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD EN EL JUICIO LABORAL. PARA TENER POR ACREDITADO EL SALARIO BASE DE LA CONDENA, LA PERSONA JUZGADORA DEBE ANALIZAR LAS PRUEBAS DESDE LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD MATERIAL Y NO DESDE SU CONTENIDO FORMAL.

Hechos: Una persona demandó su reinstalación y diversas prestaciones. Adujo que recibía un salario diario determinado, mientras que la empresa patronal lo negó y sostuvo que era uno menor. En el laudo se consideró que ésta satisfizo su carga probatoria respecto del monto manifestado con unos recibos de nómina (CFDI), los cuales se analizaron conjuntamente con las capturas de pantalla verificadas en la dirección electrónica del Servicio de Administración Tributaria, para tener por acreditado el salario diario que indicó.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que conforme al principio de primacía de la realidad en el juicio laboral, para tener por acreditado el salario base de la condena, la persona juzgadora debe analizar las pruebas desde la búsqueda de la verdad material y no desde su contenido formal.

Justificación: El artículo 685, segundo párrafo, de la Ley Federal del Trabajo establece el principio de realidad, conforme al cual la persona juzgadora debe anteponer la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, pero sin trastocar el debido proceso y los fines del derecho del trabajo. Este principio también debe aplicarse en la fijación del salario como base para resolver la controversia a verdad sabida y buena fe guardada, sin que ello implique ignorar los hechos verificados con base en pruebas lícitas allegadas a juicio, sino que éstas sean analizadas desde la búsqueda de la verdad material y no desde su contenido formal, con el propósito de colocar a la trabajadora y su relación con el patrón en la situación que sensata y razonablemente pueda extraerse del sentido común, del contexto social, de las desigualdades que prevalecen en el país y de los hechos concretos del caso.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 671/2023. 25 de abril de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: María Guadalupe Adriana Ortega Ortiz. Secretaria: Lizette Huesca Zavala.

Esta tesis se publicó el viernes 16 de agosto de 2024 a las 10:24 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

En la tesis aislada, lo relevante se encuentra en el engrose de la sentencia DT. 671/2023. En este caso, la parte actora invocó el principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material para que se reconociera su salario real, argumentando que las pruebas presentadas en el juicio original, ante el Séptimo Tribunal Laboral de Asuntos Individuales de la Ciudad de México, no reflejaban la verdadera naturaleza de su relación laboral. Sin embargo, el Tribunal Colegiado enfatizó que:

La Primacía de la Realidad: Verdad Material no implica la desestimación de pruebas lícitas. En cambio, estas pruebas deben ser evaluadas desde la búsqueda de la verdad material y no desde su contenido formal.

Interpretación del Tribunal: Más Allá de las Apariencias

En la sentencia de amparo, el Tribunal Colegiado afirmó que la aplicación del principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material no debe interpretarse como una justificación para ignorar las pruebas documentales válidas. El Tribunal señaló que pruebas como los recibos de nómina CFDI y los estados de cuenta bancarios deben evaluarse minuciosamente para determinar si reflejan o no la verdad material de la relación laboral. Esta postura se fundamenta en el Artículo 841 de la LFT, que obliga a las autoridades laborales a valorar las pruebas conforme a la verdad material.

La relevancia del enfoque del Tribunal Colegiado se hizo evidente porque la parte actora, al invocar la Primacía de la Realidad: Verdad Material, alegó un salario superior al reconocido por la empresa demandada, una sociedad civil. Tras analizar las pruebas documentales, el Tribunal determinó que estas reflejaban fielmente el salario percibido, rechazando así las alegaciones del trabajador. Esta decisión subraya la importancia de respaldar las afirmaciones con pruebas contundentes en los litigios laborales.

Debate en la Doctrina Jurídica

La interpretación del principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material por parte del Tribunal Colegiado en la sentencia DT. 671/2023 ha generado debate en la doctrina jurídica mexicana. Algunos expertos en derecho laboral argumentan que esta interpretación podría limitar la protección de los derechos laborales al restringir la aplicación del principio solo cuando las pruebas documentales no son suficientes. Este enfoque, según algunos críticos, podría debilitar la capacidad del trabajador para contrarrestar fraudes o simulaciones que distorsionen su relación laboral.

Por otro lado, otros teóricos consideran que la postura del Tribunal refuerza la seguridad jurídica, evitando que el principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material sea utilizado arbitrariamente para desestimar pruebas válidas. Este equilibrio entre la protección del trabajador y la salvaguarda de la integridad del proceso judicial es esencial para mantener la confianza en el sistema jurídico laboral.

La Necesidad de Evidencia Sólida en Litigios Laborales

La sentencia DT. 671/2023 también subraya la importancia de contar con evidencia sólida para sustentar reclamaciones laborales. El Tribunal determinó que los estados de cuenta bancarios y los recibos de nómina CFDI eran suficientes para acreditar el salario percibido por el trabajador, rechazando la alegación de un salario superior. Esta decisión recuerda a los abogados laboralistas la necesidad de presentar pruebas concluyentes que respalden las afirmaciones de sus clientes, más allá de la simple invocación de principios doctrinales como la Primacía de la Realidad: Verdad Material.

La sentencia refuerza el Artículo 784 de la LFT, que establece que la carga de la prueba en casos de controversias laborales recae en la parte que alegue la existencia de hechos que le beneficien. Esto significa que, si un trabajador alega un salario superior al documentado, debe presentar pruebas que acrediten dicha afirmación, más allá de invocar principios como la Primacía de la Realidad: Verdad Material.

Implicaciones para el Compliance Laboral

El caso reflejado en la sentencia DT. 671/2023 tiene importantes implicaciones para el compliance laboral en México. Las empresas deben ser diligentes en la correcta documentación de las relaciones laborales, asegurándose de que todos los pagos y condiciones laborales estén adecuadamente reflejados en los registros oficiales, como los CFDI de nómina. Esto protege a las empresas de posibles litigios y asegura que los trabajadores reciban un trato justo y legal.

El mantenimiento de registros laborales correctos, conforme a la Ley Federal del Trabajo y otras normativas aplicables, es esencial para evitar disputas legales costosas y garantizar un entorno laboral transparente y justo. La emisión precisa de recibos de nómina y la conservación de documentos relevantes contribuyen a una relación laboral basada en la confianza y el cumplimiento de la ley.

La interpretación del principio de Primacía de la Realidad: Verdad Material realizada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito en la sentencia DT. 671/2023 plantea importantes reflexiones para el derecho laboral en México. Aunque se reafirma la importancia de este principio como herramienta para proteger los derechos de los trabajadores, también se destaca la necesidad de respaldar las alegaciones con evidencia sólida y contundente. Esta postura busca equilibrar la protección del trabajador con la seguridad jurídica, asegurando que las decisiones judiciales en el ámbito laboral se basen en la verdad material, respaldada por pruebas claras y precisas.

¿Qué es la Primacía de la Realidad en el derecho laboral mexicano?

La Primacía de la Realidad es un principio que establece que, ante discrepancias entre documentos formales y la realidad de una relación laboral, prevalece la verdad material sobre las apariencias formales.

¿Cómo se aplica la Primacía de la Realidad en los juicios laborales?

En los juicios laborales, la Primacía de la Realidad se aplica analizando las pruebas desde la búsqueda de la verdad material y no desde su contenido formal, para garantizar decisiones justas.

¿Qué importancia tiene la verdad material en la jurisprudencia laboral?

La verdad material es crucial para asegurar que las decisiones judiciales reflejen la realidad de la relación laboral, protegiendo así los derechos del trabajador y garantizando la justicia.

¿Cómo se determina el salario real bajo el principio de Primacía de la Realidad?

El salario real se determina evaluando pruebas como recibos de nómina CFDI y estados de cuenta bancarios desde la verdad material, asegurando que reflejen fielmente la relación laboral.

¿Qué sucede si las pruebas no coinciden con la realidad laboral?

Si las pruebas documentales no coinciden con la realidad laboral, el principio de Primacía de la Realidad exige que prevalezca la verdad material, ajustando la decisión judicial a los hechos comprobados.

¿Por qué es importante el principio de Primacía de la Realidad en el compliance laboral?

Es crucial porque obliga a las empresas a documentar correctamente las relaciones laborales, protegiéndose de litigios y asegurando que los trabajadores reciban un trato justo y conforme a la ley.

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Toda la información es investigada por el Abogado Corporativo Gabriel Aranda Zamacona. Para consultas personalizadas o derechos de autor, clic en el botón de WhatsApp.

El Nido de la Seguridad Social divulgando los derechos humanos laborales y de seguridad social en México desde el año 2009.

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