¿Sabía que el Instituto Mexicano del Seguro Social ya considera práctica fiscal indebida excluir los bonos de productividad del salario base de cotización? No es interpretación doctrinal ni criterio jurisdiccional pendiente de confirmación. Es regla general administrativa publicada en el Diario Oficial de la Federación desde julio de 2023. El Criterio IMSS bono productividad número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV estableció expresamente que estos pagos integran al SBC conforme al artículo 27 de la Ley del Seguro Social. Lo que antes era discusión técnica ahora es norma vigente con consecuencias para patrones, asesores y contadores públicos autorizados que emitan opiniones “limpias” sobre esquemas que la autoridad ya calificó como indebidos.
Este criterio adquiere nueva envergadura tras la reforma al artículo 29-A del CFF vigente desde enero de 2026. Los esquemas de productividad que el IMSS ya consideraba práctica indebida ahora generan CFDI falsos por ministerio de ley cuando no amparan operación real. El Instituto no operará en aislamiento: la reciente creación de la Comisión Interna de Gobernanza y Ética de Inteligencia Artificial potencia sus facultades de fiscalización mediante cruces de datos automatizados. El Criterio IMSS bono productividad dejó de ser advertencia para convertirse en fundamento de determinaciones masivas ejecutables sin auditoría tradicional.
Naturaleza jurídica del Acuerdo
Toda vez que algunos patrones cuestionan la obligatoriedad de los acuerdos del Consejo Técnico del IMSS, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definió su naturaleza jurídica con precisión. La tesis 2a. CLVI/2002 estableció que estos acuerdos constituyen reglas generales administrativas emitidas con base en habilitación legal expresa. El artículo 264, fracción VII, de la Ley del Seguro Social faculta al Consejo Técnico para emitir disposiciones de observancia general necesarias para la exacta observancia de la ley. No son meras opiniones institucionales: son normas vinculantes.
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Tesis Aislada 2a. CLVI/2002 — Segunda Sala — Novena Época
“ACUERDOS DEL CONSEJO TÉCNICO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. LOS EMITIDOS CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 264, FRACCIÓN VII, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA TIENEN LA NATURALEZA DE REGLAS GENERALES ADMINISTRATIVAS, POR LO QUE SE ENCUENTRAN SUJETOS A LOS PRINCIPIOS DE PRIMACÍA DE LA LEY Y PREFERENCIA REGLAMENTARIA.”
Si bien estas reglas están jerárquicamente por debajo de leyes y reglamentos presidenciales, su validez está condicionada a que acaten lo establecido en la Constitución, las leyes del Congreso y los reglamentos del Ejecutivo. El Criterio IMSS bono productividad no crea obligaciones nuevas: interpreta y aplica el artículo 27 de la LSS que ya establecía la integración de “cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue a la persona trabajadora por su trabajo”. El Consejo Técnico simplemente explicita lo que la ley ya disponía.
Por ende, argumentar que el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.260623/160.P.DIR carece de fuerza vinculante desconoce tanto la habilitación legal del artículo 264 LSS como el criterio judicial que confirma la naturaleza normativa de estos instrumentos. Los patrones que excluyan bonos de productividad del SBC contradicen regla general administrativa vigente, lo que configura incumplimiento susceptible de determinación presuntiva de cuotas con actualizaciones, recargos y multas conforme al artículo 304-A de la LSS.
Contenido del Criterio 02/2023
Aunado a lo anterior, el criterio establece con claridad meridiana qué conductas constituyen práctica fiscal indebida en materia de seguridad social. El Consejo Técnico identificó cuatro supuestos específicos que generan responsabilidad: excluir del SBC los pagos que exceden el límite de PTU, pagar utilidades fuera del plazo legal, excluir del SBC los bonos de productividad “o de cualquier otra naturaleza”, y asesorar o participar en la implementación de estos esquemas. La quinta conducta alcanza a contadores públicos autorizados que emitan dictámenes “limpios” sobre patrones que incurran en estas prácticas.
| Conducta indebida | Fundamento | Consecuencia |
|---|---|---|
| Excluir del SBC pagos superiores al límite de PTU | Art. 127, VIII LFT + Art. 27 LSS | Integración forzosa + diferencias |
| Pagar PTU fuera del plazo del Art. 122 LFT | Art. 122 LFT + Art. 27 LSS | Pierde naturaleza de PTU |
| Excluir bonos de productividad del SBC | Art. 27, primer párrafo LSS | Integración obligatoria |
| Asesorar implementación de esquemas | Criterio 02/2023 | Responsabilidad solidaria |
| Dictamen “limpio” sobre patrón infractor | Criterio 02/2023 | Sanción al CPA |
Tal es el caso de los bonos entregados mediante tarjetas de regalo, vales de despensa o asociaciones patronales. El criterio especifica que independientemente de la forma de pago, estos conceptos no pierden su naturaleza de percepción o gratificación. El Criterio IMSS bono productividad cierra la puerta a esquemas que pretendían usar vehículos alternativos para dispersar pagos sin integración al SBC. La forma no altera la sustancia: si el pago deriva del trabajo, integra salario.
No obstante que algunas empresas argumentaban que el artículo 153-J de la LFT excluía estos pagos de integración, el criterio desmonta expresamente ese argumento. Los artículos 153-E, 153-I, 153-J, 153-K y 153-M de la LFT regulan capacitación y adiestramiento como obligación patronal, no exenciones de integración salarial. El Consejo Técnico declaró que estas disposiciones “resultan inaplicables para determinar si los bonos por productividad integran o no el SBC, toda vez que de forma expresa lo regula el artículo 27 de la LSS”. Argumento normativo cerrado.
Facultades de fiscalización masiva
Ahora bien, el IMSS no depende exclusivamente de auditorías tradicionales para hacer cumplir este criterio. El Reglamento Interior vigente otorga facultades que permiten control amplio del universo patronal mediante tecnología y cruce de datos. La Dirección de Incorporación y Recaudación puede expedir normativa para regular la recopilación, análisis y sistematización de información generada por subdelegaciones y oficinas operativas. Esto permite procesar bases de datos institucionales para detectar irregularidades de forma agregada sin necesidad de visitar cada centro de trabajo.
| Facultad | Fundamento RIIMSS | Alcance |
|---|---|---|
| Sistematización de información | Art. 71, XII | Detección agregada de irregularidades |
| Rectificación sin auditoría | Art. 144, XII | Correcciones masivas simplificadas |
| Revisión de dictámenes CPA | Art. 73, I, j | Fiscalización indirecta de miles de patrones |
| Intercambio con otras autoridades | Art. 5 | Cruces con SAT y entidades financieras |
| Revisiones de gabinete | Art. 150, XXIII | Múltiples revisiones simultáneas |
Puesto que el Instituto puede requerir documentación sin orden formal de auditoría, los procesos de regularización se simplifican drásticamente. El artículo 144, fracción XII del Reglamento Interior faculta a rectificar errores aritméticos u omisiones en cédulas de determinación solicitando documentación necesaria. El Criterio IMSS bono productividad proporciona el fundamento sustantivo; las facultades reglamentarias proporcionan el vehículo procedimental para determinaciones masivas que no requieren despliegue de personal en campo.
A pesar de que estas facultades existían antes del criterio, su combinación con la declaratoria de práctica indebida crea marco de fiscalización integral. Los Delegados ordenan revisiones, los Subdelegados ejecutan rectificaciones, la Unidad de Fiscalización y Cobranza establece políticas de planeación y programación. La estructura operativa está diseñada para procesar volúmenes que exceden la capacidad de auditorías tradicionales. El patrón que excluye bonos de productividad del SBC no enfrenta riesgo remoto: enfrenta detección sistemática.
Comisión de Inteligencia Artificial
Esto es, las facultades de fiscalización masiva se potencian con la infraestructura tecnológica que el IMSS está construyendo. En diciembre de 2025, el Consejo Técnico aprobó la creación de la Comisión Interna de Gobernanza y Ética de Inteligencia Artificial. La Directora de Innovación y Desarrollo Tecnológico, Claudia Vázquez Espinoza, explicó que esta comisión supervisará el desarrollo, implementación y uso de IA en el Instituto bajo entorno seguro, ético y responsable. No es declaración de intenciones: es estructura institucional con vocales de múltiples direcciones normativas.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Comunicado 645 — Diciembre 2025
“Este modelo de gobernanza permitirá reducir riesgos operativos, hacer uso adecuado y ético de los recursos tecnológicos y asegurar que los proyectos de Inteligencia Artificial se apliquen de manera uniforme y escalable en toda la institución bajo un entorno seguro de operación.”
Por el contrario, quienes minimizan esta iniciativa como burocracia institucional desconocen sus implicaciones operativas. La comisión incluye representación de la Dirección General, Unidad de Integridad y Transparencia, Dirección Jurídica y Dirección para la Planeación y Transformación Institucional. Los vocales por dominio abarcan áreas de macroprocesos: atención médica, prestaciones económicas, atención infantil. El Criterio IMSS bono productividad tendrá herramientas de detección algorítmica que procesan patrones en volúmenes imposibles para revisión humana.
Aun cuando la comisión priorizará protección de datos sensibles de derechohabientes y patrones, su función incluye garantizar que las tecnologías emergentes generen valor institucional. Machine learning para análisis de patrones, deep learning para identificación de anomalías, procesamiento de lenguaje natural para revisión documental automatizada. Las capacidades técnicas descritas por la titular de la DIDT no son prospectivas: son tecnologías ya operativas que la comisión normará para aplicación uniforme y escalable en todo el Instituto.
Cruce de datos con SAT
Ya que el IMSS tiene facultad expresa para coordinar acciones con el sector público para intercambio de información, el cruce con datos del SAT representa la herramienta más poderosa para detectar exclusiones indebidas de productividad. El patrón que reporta bonos al SAT como gasto deducible pero los excluye del SBC ante el IMSS genera discrepancia detectable automáticamente. Los CFDI de nómina que reportan percepciones exentas sin fundamento legal quedan expuestos cuando se contrastan con cédulas de liquidación de cuotas.
| Fuente SAT | Fuente IMSS | Discrepancia detectable |
|---|---|---|
| CFDI nómina: TotalExento | Cédula: SBC declarado | Percepciones no integradas |
| CFDI nómina: TipoPercepcion=038 | Movimientos afiliatorios | Conceptos exentos sin modificación SBC |
| Declaración anual: Deducciones nómina | IDSE: Cuotas enteradas | Diferencial no justificado |
| Visor de nómina: Ingresos trabajador | SUA: Base de cotización | Subdeclaración sistemática |
Finalmente, el artículo 5 del Reglamento Interior del IMSS establece que las unidades administrativas deben coordinarse con otras autoridades cuando exista concurrencia de atribuciones. La fiscalización algorítmica del SAT que detecta simulación en premios de productividad alimenta las bases de datos que el IMSS puede consultar. El Criterio IMSS bono productividad proporciona el fundamento para actuar sobre información que otra autoridad ya procesó. La fragmentación institucional que antes protegía esquemas de evasión dejó de existir.
En definitiva, el patrón que excluye bonos de productividad del SBC no enfrenta únicamente el riesgo de auditoría presencial. Enfrenta detección automatizada por cruce de bases de datos, determinación de diferencias sin procedimiento de visita, y consecuencias que incluyen actualización de cuotas omitidas desde la fecha de causación con recargos acumulados durante años. La tecnología convirtió al criterio en herramienta de fiscalización ejecutable a escala que antes era impensable.

Responsabilidad de asesores y CPAs
Asimismo, el criterio extiende consecuencias más allá de los patrones. La cuarta conducta indebida alcanza a “quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o implementación” de los esquemas catalogados como práctica fiscal indebida. Los consultores que diseñaron y vendieron estructuras de productividad exenta enfrentan responsabilidad solidaria. No es advertencia genérica: es declaratoria expresa de conducta sancionable publicada en el Diario Oficial de la Federación con fundamento en habilitación legal del artículo 264 LSS.
| Sujeto responsable | Conducta indebida | Consecuencia |
|---|---|---|
| Patrón | Excluir bonos del SBC | Determinación de diferencias + multas |
| Asesor fiscal | Diseñar esquema | Responsabilidad solidaria |
| Consultor laboral | Implementar estructura | Responsabilidad solidaria |
| Asociación patronal | Dispersar pagos | Responsabilidad solidaria |
| Contador Público Autorizado | Dictamen “limpio” | Sanción profesional + responsabilidad |
Dicho de otro modo, el contador público autorizado que emita opinión de cumplimiento “limpia y sin salvedades” respecto de patrón que incurra en cualquiera de las conductas catalogadas como indebidas realiza práctica fiscal indebida propia. El Criterio IMSS bono productividad establece esta responsabilidad expresamente. El dictamen en materia de seguridad social —obligatorio para patrones con cierto número de trabajadores— se convierte en vía de fiscalización indirecta: el IMSS revisa el trabajo del profesional para validar cumplimiento de miles de empresas simultáneamente.
Con todo, la responsabilidad del CPA no es automática ni objetiva. Requiere que el patrón efectivamente incurra en las conductas catalogadas y que el contador emita opinión favorable sin advertir la irregularidad. Pero el criterio elimina la defensa de “buena fe” cuando el esquema implementado coincide exactamente con las prácticas que el Consejo Técnico declaró indebidas. El profesional que dictamina favorablemente un patrón que excluye productividad del SBC contradice criterio publicado en DOF: su opinión técnica carece de sustento normativo desde julio de 2023.
Implicaciones 2026
Por otro lado, la convergencia del criterio IMSS con la reforma fiscal de 2026 crea escenario de riesgo exponenciado. El patrón que excluye bonos de productividad del SBC no solo enfrenta determinación de cuotas omitidas ante el Instituto: enfrenta presunción de CFDI falso ante el SAT cuando el comprobante de nómina reporta percepciones exentas sin fundamento legal verificable. La simulación laboral detectada por una autoridad se convierte en evidencia para la otra. El Criterio IMSS bono productividad y el artículo 29-A, fracción IX del CFF operan como pinzas que cierran escape.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Artículo 29-A, fracción IX (vigente desde 01/01/2026)
“Los comprobantes fiscales digitales por Internet deberán contener los siguientes requisitos: […] IX. Amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales. Los comprobantes fiscales que no cumplan con el requisito establecido en esta fracción se consideran falsos para efectos de este Código.”
Ahora bien, el patrón que durante años excluyó productividad del SBC tiene ventana de oportunidad para regularización voluntaria. Las autocorrecciones antes de que la autoridad inicie facultades de comprobación reducen multas significativamente. Pero la regularización debe ser integral: corregir ante IMSS sin corregir ante SAT —o viceversa— solo traslada el problema. El cruce de datos detectará la inconsistencia. La asesoría especializada para estructurar regularización coordinada ante ambas autoridades resulta indispensable antes de que los algoritmos procesen el siguiente ciclo de información.
En suma, el mensaje normativo es inequívoco: los bonos de productividad integran al SBC desde que la LSS lo estableció en su artículo 27. El criterio 02/2023 solo explicita lo que siempre fue obligatorio. La reforma fiscal de 2026 añade consecuencias penales cuando los CFDI resultantes no amparan operación real. La Comisión de IA del IMSS proporciona herramientas tecnológicas para detección masiva. Cada pieza del sistema normativo y tecnológico converge hacia el mismo punto: estos esquemas dejaron de ser viables.
¿El Criterio IMSS bono productividad es legalmente obligatorio?
Sí. La Segunda Sala de la SCJN estableció que los acuerdos del Consejo Técnico emitidos con base en el artículo 264, fracción VII de la LSS tienen naturaleza de reglas generales administrativas vinculantes. No son opiniones institucionales: son normas jerárquicamente subordinadas a leyes y reglamentos pero de observancia obligatoria.
¿Qué bonos de productividad deben integrarse al SBC según el criterio?
Todos. El criterio establece que los bonos de productividad “o de cualquier otra naturaleza” vinculados a la prestación del servicio integran al SBC conforme al artículo 27 de la LSS. Incluye bonos entregados mediante tarjetas de regalo, vales de despensa o dispersados por asociaciones patronales.
¿El artículo 153-J de la LFT excluye los bonos de productividad de integración?
No. El criterio declara expresamente que los artículos 153-E a 153-M de la LFT regulan capacitación y adiestramiento como obligación patronal, no exenciones de integración salarial. Estas disposiciones “resultan inaplicables para determinar si los bonos por productividad integran o no el SBC”.
¿Los asesores que diseñaron estos esquemas tienen responsabilidad?
Sí. El criterio cataloga como práctica fiscal indebida la conducta de “quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o implementación” de los esquemas descritos. Los consultores enfrentan responsabilidad solidaria expresamente declarada.
¿Qué consecuencias enfrenta un CPA que dictamine favorablemente a patrón infractor?
El criterio establece que realiza práctica fiscal indebida “todo contador público autorizado que emita una opinión de cumplimiento ‘limpia y sin salvedades’ en el dictamen en materia de seguridad social de patrones que incurran en cualquiera de las conductas mencionadas”.
¿Cómo detecta el IMSS estas exclusiones indebidas sin auditoría presencial?
Mediante facultades de rectificación de errores y omisiones que permiten requerir documentación sin orden formal de visita, revisión de dictámenes de CPA, cruce de datos con SAT y otras autoridades, y revisiones de gabinete donde múltiples casos se procesan simultáneamente en oficinas del Instituto.
¿Qué implica la Comisión de IA del IMSS para la fiscalización de estos esquemas?
La comisión normará el uso de machine learning, deep learning y procesamiento de lenguaje natural para detección de anomalías a escala. Las tecnologías permitirán identificar patrones de exclusión indebida de productividad en volúmenes que exceden la capacidad de revisión humana tradicional. Ahora mas que nunca es obligatorio comprende sobre Fiscalización Algorítimica.
💬 ¿Tienes dudas sobre el tema publicado?
Con gusto te apoyamos con tus dudas en Seguridad Social y Derecho Laboral en México
Te responderemos en minutos







